
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una modificación de la ordenanza vigente que permitirá a bares y confiterías habilitar pistas de baile con horario limitado. Además, se triplican y hasta cuadriplican las multas para quienes incumplan el cierre.
El Concejo Deliberante de Zapala aprobó por unanimidad una modificación a la ordenanza que regula la actividad nocturna en la ciudad, mediante la cual más locales gastronómicos y bares podrán habilitar pistas de baile, aunque con un horario acotado, y se dispuso un fuerte aumento en las multas para quienes no respeten el horario de cierre.
La decisión se tomó durante una sesión extraordinaria realizada el jueves pasado, en la que se avaló una iniciativa impulsada por el Ejecutivo municipal. La nueva normativa actualiza la ordenanza 224/07, que llevaba 18 años sin modificaciones, adaptándola a la realidad actual de la ciudad y a criterios ya implementados en otras localidades de la provincia.
Más opciones de recreación
A partir de ahora, confiterías, bares, locales gastronómicos y pubs podrán habilitar pistas de baile para sus clientes en el horario comprendido entre la medianoche y las 4 de la mañana. Para ello, deberán cumplir estrictamente con todos los requisitos establecidos por la legislación vigente en materia de seguridad, higiene y control.
Entre las exigencias, se incluyen medidas para evitar la contaminación sonora y los ruidos molestos al vecindario, la obligación de contar con personal de seguridad, respetar la capacidad máxima habilitada, prohibir la venta de alcohol a menores de 18 años y no expender bebidas en vasos o envases de vidrio.
Desde el municipio señalaron que esta adecuación normativa se viene aplicando en distintas ciudades neuquinas. En Neuquén capital, por ejemplo, la autorización para que pubs y locales gastronómicos habiliten pistas de baile rige desde el año 2022.
Fuerte aumento de multas
En el mismo tratamiento legislativo, los concejales aprobaron la ordenanza 2214, que establece un importante incremento en las multas para los locales nocturnos bailables que no cumplan con el horario de cierre, fijado en Zapala a las 7 de la mañana.
Las sanciones se calculan en base al VADECOZA, cuyo valor actual es de $15.594,31. En caso de una primera infracción, la multa será de 100 a 250 VADECOZA, lo que representa montos que van desde $1.559.431 hasta $3.898.577,50.
Para los reincidentes, el castigo económico se eleva a 250 a 350 VADECOZA, equivalentes a $3.898.577,50 hasta $5.458.008,50, además de una clausura temporal que podrá extenderse hasta 90 días, según determine el Juzgado de Faltas.
En caso de una segunda reincidencia, la sanción económica ascenderá a valores de entre $5.458.008,50 y $7.797.155, sumándose además la revocatoria de la licencia comercial.
Desde el Concejo Deliberante remarcaron que el objetivo de las modificaciones es ordenar la actividad nocturna, ampliar las opciones de recreación y, al mismo tiempo, garantizar el cumplimiento de las normas y la convivencia con los vecinos.
